Ley Electoral


  1. ¿Cuál es la ley 18.700?
    De acuerdo a la Ley 18.700, Orgánica constitucional sobre votaciones populares y escrutinios, indica quienes son los electores en un proceso eleccionario:
    “Artículo 60.- Son electores, para los efectos de esta ley, los ciudadanos con derecho a sufragio y extranjeros que figuren en los Padrones de Mesa y que tengan cumplidos dieciocho años de edad el día de la votación. El elector que concurra a votar deberá hacerlo para todas las elecciones o plebiscitos que se realicen en el mismo acto electoral.
  2. ¿Cuál es el valor de la multa?
    De acuerdo con la normativa vigente, aquellos que no asisten a sufragar están sujetos a una multa equivalente a 1 Unidad Tributaria Mensual (UTM). Esta medida se establece con el objetivo de fomentar la participación ciudadana y el compromiso con el destino de nuestra nación.
  3. ¿Es posible presentar descargos a la denuncia efectuada en el tribunal?
    Si consideras que la multa ha sido aplicada injustamente debido a situaciones fuera de tu control, como enfermedad, emergencia familiar u otras circunstancias extraordinarias, le invitamos a presentar sus descargos a la denuncia que efectuó el Servel al tribunal, explicando detalladamente la situación por la cual no concurrió a votar o en caso afirmativo demostrar que sí concurrió a votar.
  4. ¿Puedo realizar una apelación a la sentencia en la que el tribunal lo condena al pago de la multa?
    Sí es posible en un plazo de 30 días desde que fue notificado de la misma a su correo electrónico, exponiendo lo que estime pertinente. La apelación será evaluada por un juez y podrá dejarlo absuelto o mantener el cobro de la multa ante lo cual sólo deberá realizar el pago vía internet.
  5. En relación con las infracciones generadas a propósito de las elecciones pasadas, existen diferentes opciones para la gestión de sus multas:
    A.-Infracciones asociadas a las elecciones del 4 de septiembre de 2022.
    Ya no es posible presentar descargos para las infracciones de esta fecha. Sin embargo, puede continuar con el proceso de pago de su infracción de manera habitual.
    B.-Infracciones asociadas a las elecciones del 7 de mayo de 2023.
    Aún tiene la oportunidad de presentar sus descargos o pagar su infracción. El plazo para realizar estos trámites vence el 30 de noviembre de 2024. En caso de tener dudas sobre el estado de su infracción o el proceso de pago, le recordamos que debe comunicarse con el Juzgado de Policía Local respectivo.

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